Regulación - Sección A
Sección A. EuroPsy Certificado Europeo en Psicología
Artículo 1 EuroPsy engloba una serie de estándares de educación y formación para psicólogos profesionales descritos en los apartados Estándares mínimos de formación y Competencias de los psicólogos.
Artículo 2 Los psicólogos son elegibles para ser incluidos en el Registro de Psicólogos EuroPsy (en adelante el Registro) y obtener el EuroPsy si:
A. Han completado satisfactoriamente un currículum académico de psicología acreditado nacionalmente en una universidad o en una institución equivalente que por ley o costumbre lleve a un título nacional o cualificación de "psicólogo", siempre que el currículum tenga una duración equivalente a cinco años de estudio a tiempo completo(300 ECTS) como mínimo y que se ajuste al modelo descrito en el apartado Estándares mínimos de formación .
B. Son capaces de mostrar evidencia de prácticas supervisadas como psicólogo-profesional en formación durante un periodo no inferior a un año de trabajo a tiempo completo (o su equivalente), y de un desempeño satisfactorio de este trabajo evaluado por sus Supervisores (ver apartado Práctica supervisada).
C. Han presentado una declaración por escrito al Comité Nacional para la Concesión del Certificado por la que suscriben los principios de la conducta profesional establecidos en el Metacódigo de Ética Profesional de la EFPA y se comprometen a desarrollar su actividad profesional de acuerdo con el código ético de la asociación nacional de psicología del país en el que se practique.
Artículo 3. Tras haber logrado una evaluación positiva de la evidencia mencionada en el Artículo 2, un individuo puede ser inscrito en el Registro y recibir el EuroPsy.
Artículo 4. El EuroPsy es válido durante un periodo de 7 años.
Artículo 5. A los efectos de revalidación, el EuroPsy puede renovarse a aquellos psicólogos que demuestren cumplir los siguientes requisitos:
A. Han recibido o revalidado el Certificado no más de 6 años antes de la fecha de aplicación.
B. Son capaces de mostrar evidencia de haber mantenido la competencia profesional mediante la realización de un número específico de horas de práctica como psicólogo y de una formación y desarrollo profesional contínuos tal y como se indica en el apartado Desarrollo Profesional Continuo.
C. Han presentado una declaración por escrito al Comité Nacional para la Concesión del Certificado por la que suscriben los principios de la conducta profesional establecidos en el Metacódigo de Ética Profesional de la EFPA y se comprometen a desarrollar su actividad profesional de acuerdo con el código ético de la asociación nacional de psicología del país en el que se practique.
Artículo 6. El Certificado EuroPsy será similar en sentido y apariencia al modelo presentado en este documento.
Artículo 7. El Registro del EuroPsy contendrá información sobre la educación universitaria, la práctica supervisada, incluyendo las competencias profesionales, roles y contextos en los que los Psicólogos Registrados en el EuroPsy trabajaron para su cualificación, y su experiencia laboral.
Artículo 8. La información del Artículo 7 se incluirá en el Registro (Artículo 2).
Artículo 9. El Psicólogo Registrado en el EuroPsy es considerado competente para la práctica como psicólogo, dentro de uno o dos contexto(s) profesionales mencionados en el Registro, mientras no haya restricciones de normativas nacionales o de Certificados Avanzados en los países correspondientes. Esto es aplicable en todos los países de la UE, y en cualquier otro país que haya aceptado el Europsy y esta Normativa.
Artículo 10. El Psicólogo Registrado en el EuroPsy es considerado competente para la práctica supervisada y/o dependiente como psicólogo en cualquier contexto profesional, en todos los países de la UE, y en cualquier otro país que haya aceptado el EuroPsy y esta Normativa.
Artículo 11. El EuroPsy pierde su validez (i) tras la fecha de expiración; (ii) si así lo solicita el poseedor a menos que éste esté bajo investigación debida a una infracción del Código nacional de Ética o que haya perdido la licencia nacional, si es aplicable; (iii) en el caso de que un psicólogo sea juzgado por haber cometido una violación del código profesional de ética y si se le impone una sentencia o una medida sancionadora, bien por un tribunal de justicia o por un comité nacional de ética profesional. Ahora bien, esta retirada queda suspendida durante cualquier periodo en el que haya una apelación pendiente en contra de esta medida o sentencia.
La pérdida de validez del EuroPsy lleva a una retirada inmediata de la inscripción del psicólogo concernido del Registro.


